Ante la propuesta del Gobierno de incrementar el Salario Mínimo Interprofesional a la cuantía de 14 pagas de 900€ mensuales, es decir, 12.600€/año, lo que representa un 22,30% más que la cifra existente en el presente año, se plantea una cuestión realmente preocupante para los trabajadores autónomos.
¿Por qué afecta este incremento a este colectivo?. La razón es muy sencilla… el trabajador autónomo cotiza a la seguridad social como mínimo la cantidad que resulte de considerar el Salario Mínimo Interprofesional vigente. Si bien es cierto que el SMI es de aplicación a los trabajadores por cuenta ajena o asalariados, los cuales cotizan en el Régimen General, la cuantía que establezca el gobierno en relación a dicha retribución mínima también influye en los trabajadores que cotizan en el Régimen Especial de Autónomos, independientemente de que ambos regímenes son considerablemente diferentes.
De llegar a producirse la aplicación del nuevo salario a las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia, supondrá que el trabajador autónomo verá incrementado el pago de su cotización mensual en una cuantía de algo más de 30€ a partir de enero de 2019.
Muchas han sido las quejas producidas por las distintas Asociaciones que integran a este colectivo, protestas que han sido escuchadas, y que han traído como fruto que El Ministerio de Trabajo esté negociando con las Organizaciones de Autónomos cómo actualizar sus cotizaciones en 2019.
Tres son los escenarios ofrecidos por el Gobierno en este momento, suponiendo cualquiera de ellos un incremento en la cotización para la mayor parte del colectivo, aunque al menos dos de los escenarios establecidos conllevan un alza bastante por debajo de la que se produciría si subiera de forma paralela al salario mínimo, como en años anteriores.
Estas medidas adoptadas por el Ministerio son un paso previo a la negociación de la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que se estima entre en vigor en 2010. Se prevé que dicha reforma supondrá importantes cambios en el actual régimen, tales como:
- Que la cotización por Contingencias Profesionales cuya cobertura es el accidente laboral y/o la enfermedad profesional, y la cotización por Cese de Actividad, ambas en el momento actual voluntarias y de libre elección por parte del autónomo, sean obligatorias a partir de 2020. Con esta medida la cuota mensual a pagar será mayor, si bien las coberturas se verán mejoradas.
- Que la cantidad mensual a cotizar por el autónomo se realice por tramos, es decir, en función de los ingresos producidos por su actividad.
Estas son las principales cuestiones a debate entre el Gobierno y las Organizaciones representativas de los trabajadores autónomos, asuntos de relevante importancia para este colectivo y sobre las que desde ACR Asesores & Consultores estaremos especialmente atentos a su evolución, dada la repercusión que su resultado final supondrá para más de 3 millones de trabajadores que integran este sector en España.